jueves, 8 de mayo de 2008

Cuba: Violación de los Derechos Humanos

Derechos humanos violados sistemáticamente por el gobierno cubano:

1. El derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
2. El derecho a que nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
3. El derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oído públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra uno en materia penal.
4. El derecho de toda persona acusada de delito a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. Este precepto ha sido sistemáticamente violado con respecto a los presos políticos en la primavera de 2003, y por eso luchan las llamadas Damas de Blanco, y en muchos casos más.
5. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. Ya sabemos cuántas injerencias arbitrarias ha realizado el gobierno cubano contra gente inocente.
6. El derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
7. El derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país. Esto sin trabas de ninguna índole, ni económicas, ni políticas, ni administrativas, por ningún gobierno, claro está.
8. A nadie se privará arbitrariamente del derecho a cambiar de nacionalidad.
9. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
10. El derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
11. El derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas, que incluye el derecho a no ser obligado a pertenecer a una asociación bajo condición implícita de perder otros derechos.
12. El derecho de todos a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. Quiere decir, libremente escogidos, que no necesariamente tienen que ser del partido comunista o afines al gobierno cubano.
13. El derecho de todos al accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país, sin que en ello medien intereses políticos.
14. El derecho de todos a fundar sindicatos independientes y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
15. El derecho a que la educación tenga por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales.
16. El derecho preferente de los padres a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
17. El derecho de todos a que se establezca un orden social en el que los derechos y libertades proclamados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos se hagan plenamente efectivos.
18. Estos derechos y libertades mencionados arriba no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas, como suele hacer el gobierno cubano.
19. No podrá interpretarse, la Declaración de Derechos Humanos, en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión o limitación de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Y, por supuesto:
20. El derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que ampare contra actos que violen los derechos fundamentales amparados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los pactos que hace poco el gobierno cubano firmó.

No hay comentarios: